Condiciones Generales de Transporte (CGT)
1. Ámbito de aplicación
Estas condiciones generales son válidas para todo tipo de transporte de pasajeros y de equipaje, incluyendo también las prestaciones relacionadas, ofrecidas por Air Berlin PLC & Co. Luftverkehrs KG, NIKI Luftfahrt GmbH, LTU Lufttransport-Unternehmen GmbH, Luftfahrtgesellschaft Walter mbH, Belair Airlines AG o empresas subcontratadas para realizar el vuelo (a continuación: la aerolínea). Estas condiciones de transporte también son válidas para aquellos transportes gratuitos, siempre que no se haya acordado expresamente otra cosa. Adicionalmente, son válidas las Condiciones Generales de Contratación de la aerolínea.
2. Contacto para notificaciones e informaciones
Todas las notificaciones o informaciones se efectuarán a través del Servicecenter de Air Berlin, bajo el Tel. 902-320 737 (0,09 EUR/Min.), Fax: 49 (0)30-4102 1003 o por e-Mail a serviceteam@airberlin.com o en Air Berlin Serviceteam, Saatwinkler Damm 42-43, 13627 Berlin.
3. Transporte únicamente con documentación de viaje completa y válida
La compañía aérea únicamente transportará a un pasajero cuando, en el marco de la facturación efectuada a tiempo, exhiba su documentación de viaje completa y válida además de un documento de identidad/pasaporte/visado o documentos sustitutivos de igual valor en caso de haber perdido los documentos originales. Esto también tendrá validez para el transporte de animales.
También para niños y bebés se deberá presentar un documento de identidad apropiado (inscripción en el pasaporte de los titulares de la patria potestad o bien documento de identidad propio del menor). Se recomienda tener preparado el código de reserva al realizar el check-in.
La aerolínea podrá rehusar el transporte si no se cumplen las disposiciones de ingreso al país de destino o si no se exhiben documentos de transporte o probatorios, o documentos conformes a las disposiciones de cada país.
4. Check-in, incumplimiento de los horarios de facturación y de las horas límite de embarque
4.1. Si los pasajeros facturan en el mostrador de facturación o a través del quick-check-in (facturación rápida), hay que distinguir lo siguiente:
- En vuelos de corta y media distancia (distancia entre lugar de salida y de destino inferior a 3.000 millas según el cálculo del círculo máximo) y dependiendo del aeropuerto de salida, para poder acceder al vuelo reservado, los pasajeros deberán acudir al mostrador de facturación para obtener la tarjeta de embarque (en caso de quick-check-in a través de las máquinas de facturación automática del aeropuerto: haber formalizado el procedimiento de facturación automática para la obtención de la tarjeta de embarque), a más tardar 30, 45 o 60 minutos antes de la hora de salida prevista. Los horarios de facturación / tiempos límites de presentación exactos aparecen en la confirmación de la reserva. Para su información, los horarios de facturación/ tiempos límites de presentación también pueden ser consultados en los respectivos aeropuertos de salida, bajo www.airberlin.com, en el centro de atención al cliente y en los mostradores de venta de Air Berlin. Se recomienda acudir al mostrador de facturación con la suficiente antelación respecto de la hora de facturación prevista para no correr el riesgo de no poder facturar a tiempo, p. ej. debido a eventuales colas.
- En vuelos de larga distancia (distancia entre lugar de salida y de destino inferior como mínimo 3.000 millas según el cálculo del círculo máximo), para poder acceder al vuelo reservado, los pasajeros deberán acudir al mostrador de facturación para obtener la tarjeta de embarque (en caso de quick-check-in a través de las máquinas de facturación automática del aeropuerto: haber formalizado el procedimiento de facturación automática) como mínimo 90 minutos antes de la hora de salida prevista. Se recomienda acudir al mostrador de facturación con la suficiente antelación respecto de la hora de facturación prevista para no correr el riesgo de no poder facturar a tiempo, p. ej. debido a eventuales colas.
4.2. En caso de facturación a través del web-check-in, los pasajeros deberán haber formalizado la facturación por Internet a más tardar 120 minutos antes de la hora de salida prevista y deberán haber impreso la tarjeta de embarque para poder acceder al vuelo. Encontrará más información bajo Service/Check-in & e-Services en www.airberlin.com.
4.3. En caso de facturación vía MMS-check-in (válido únicamente para redes móviles alemanas o austriacas), los pasajeros deberán haber confirmado la solicitud SMS de la compañía aérea con su teléfono móvil con función MMS, a más tardar 60 minutos antes de la hora de salida prevista, para obtener su tarjeta de embarque en forma de código de barras MMS y así haber formalizado la facturación para poder acceder al vuelo reservado. Encontrará más información bajo Service/Check-in & e-Services en www.airberlin.com.
4.4. Los horarios exactos de salida de vuelos aparecen en la correspondiente confirmación de reserva y en el panel informativo del aeropuerto de salida. El pasajero es responsable de cumplir el horario de facturación y el tiempo límite de presentación.
4.5. Además, los pasajeros deberán presentarse en la puerta de embarque/ gate a más tardar 20 minutos antes de la salida del vuelo (hora límite de embarque) con una tarjeta de embarque válida (MMS-check-in: código de barras MMS) y listos para embarcar.
4.6. En caso de incumplimiento de los horarios de facturación (horario de facturación/tiempo límite de presentación) relacionados en los párrafos anteriores (4.1-4.4) o de incumplimiento de la hora límite de embarque (4.5), los pasajeros perderán su derecho al transporte aunque estén en posesión de una tarjeta de embarque válida, pero seguirán estando obligados al pago del precio del billete, salvo que dicha circunstancia sea imputable a la compañía aérea o se deba a causas de fuerza mayor. Del mismo modo, no se podrán derivar de ello derechos a indemnización, a restitución de los gastos u otros derechos frente a la compañía aérea.
5. Transporte de equipaje
5.1. La compañía aérea podrá negarse a aceptar el equipaje cuando no esté embalado de forma que se pueda garantizar un transporte seguro del mismo. El pasajero es responsable de acondicionar su equipaje de forma que éste, así como todos los objetos que contenga, superen el transporte sin daños.
5.2. El equipaje de mano podrá tener un peso máximo de 6 kg sin ordenador portátil (8 kg con ordenador portátil). Las dimensiones del equipaje de mano no deberán sobrepasar los 55 cm x 40 cm x 20 cm. Debido a la limitación espacial y a la seguridad, se permitirá una única pieza de equipaje de mano. Según el reglamento UE 1546/2006, en todos los vuelos con salida desde Europa (incluso en los vuelos de conexión), los pasajeros únicamente podrán llevar en su equipaje de mano líquidos, recipientes a presión (como p.ej. esprays), pastas, lociones u otro tipo de sustancias tipo gel hasta una cantidad máxima de 100ml por envase. Será determinante la capacidad máxima impresa. Todos los envases deberán caber dentro de una bolsa de plástico transparente con cierre, con una capacidad no superior a 1 litro y serán sometidos a controlados. Únicamente está permitida una bolsa de plástico por pasajero. Para los medicamentos y comida para bebés son válidas disposiciones especiales que pueden ser consultadas a través del Servicecenter de la compañía aérea. Diversos países no comunitarios han aprobado normas del mismo tenor. Recibirá más información al respecto a través del Servicecenter de la compañía aérea.
5.3. La franquicia de equipaje facturado asciende a 20 kg por pasajero, salvo que alguna reglamentación especial (p.e. vuelos a EE.UU/Canadá o programas de fidelización de clientes) disponga lo contrario. A partir de una estancia de 29 días y de una reserva única para ida y vuelta, el límite de equipaje gratuito aumenta a 30 kg.
Para la clase business la franquicia de equipaje asciende a 30 kg por pasajero, y a partir de una estancia de 29 días y de una reserva única para ida y el vuelta, a 40 kg.
A los vuelos EE.UU./Canadá se les aplica la reglamentación especial descrita en el punto 7.1. relativa a franquicias de equipaje.
La compañía aérea recomienda no facturar bultos individuales que pesen más de 32 kg. Obtendrá más información a través del Centro de Atención al Cliente de la aerolínea.
Si se sobrepasara el límite de la franquicia de equipaje, se deberá abonar un importe adicional (véase cláusula 7). Será responsable del pago del importe adicional la persona que en la reserva figure como cliente y destinatario de la factura, y/o el pasajero.
5.4. Los talones de identificación para equipaje son los comprobantes para el pasajero de las piezas de equipaje facturado (peso y número de piezas). Se recomienda al pasajero poner su nombre y dirección en todas las piezas del equipaje facturado.
5.5. El pasajero se compromete a recoger su equipaje tan pronto como este sea entregado por la aerolínea. Si el equipaje facturado no se recogiera o si se rehusara su recepción, la aerolínea tendrá derecho, dado el caso, a exigir el pago de los correspondientes gastos de depósito.
5.6. El pasajero es responsable del cumplimiento de eventuales obligaciones aduaneras relacionadas con su equipaje.
5.7. En caso de retraso, pérdida, destrucción o deterioro del equipaje de viaje se recomienda acudir al mostrador de objetos perdidos (“lost and found”) del aeropuerto de llegada inmediatamente tras el aterrizaje.
6. Equipaje no autorizado
6.1. Básicamente queda prohibido el transporte de sustancias/objetos peligrosos en todos los vuelos de la aerolínea.
6.2. El pasajero no estará autorizado a llevar los siguientes objetos:
- Objetos que puedan poner en peligro a la aeronave, los objetos a bordo o a las personas, en especial sustancias explosivas, gases comprimidos, sustancias oxidantes, radioactivas, corrosivas o magnetizantes, sustancias fácilmente inflamables, sustancias venenosas o agresivas, así como sustancias líquidas de cualquier tipo, es decir, todo tipo de objetos o sustancias que según la normativa de transporte de mercancías peligrosas estén catalogadas como tales;
- Objetos que por su peso, tamaño o por su naturaleza no sean idóneos para el transporte.
6.3. Las pilas de litio o baterías de litio sueltas (como son habituales en artículos electrónicos, p. ej. en ordenadores portátiles, teléfonos móviles, relojes, cámaras), únicamente podrán ser transportadas en el equipaje de mano. Se podrán transportar como máximo dos pilas o baterías de litio sueltas con una potencia vatio-hora de hasta 160Wh, como recambios para artículos electrónicos. El transporte de pilas o baterías sueltas con una potencia vatio-hora de 100Wh hasta 160Wh requerirá la autorización previa de la compañía aérea. En Internet, bajo "advertencias de seguridad", encontrará más información relativa al transporte de pilas y baterías.
6.4. El pasajero no podrá llevar ni consigo ni en su equipaje de mano armas de cualquier tipo, en particular armas de fuego, punzocortantes (armas blancas) o contundentes, así como recipientes bajo presión de gas que puedan ser utilizados para fines agresivos o defensivos. Lo mismo es válido para munición y sustancias con peligro de explosión de cualquier tipo. Tampoco se podrán transportar encendedores a bencina (Zippo). El pasajero solo estará autorizado a llevar consigo 1 encendedor a gas.
6.5. Los rifles de juguete (plástico o metal), catapultas, cubiertos, hojas de afeitar (tanto con hojas de seguridad, como las hojas sueltas), juguetes corrientes, que normalmente puedan utilizarse como armas, agujas de tejer, raquetas deportivas, y otros equipos de deportes y de tiempo libre (p.ej. patinetas, cañas de pescar o remos/paletas), así como todo tipo de objetos cortantes, no podrán ser transportados en cabina, sino que tendrán que ser facturados y transportados en bodega. Lo mismo es aplicable a tijeras para uñas, limas de uñas, peines con mango y jeringuillas (excepto para uso médico justificado), así como a velas de gel, plantillas de gel, bolas de nieve u objetos de decoración similares independientemente de su tamaño o de la cantidad de líquido. Para evitar lesiones, todos los objetos puntiagudos deberán ser transportados embalados de forma segura en el equipaje facturado.
6.6. Se recomienda no facturar objetos que se puedan romper o descomponer, objetos de mucho valor, como por ejemplo dinero, joyas, metales preciosos, laptops, cámaras, teléfonos móviles, equipos de navegación u otros equipos electrónicos, papeles de valor, así como otros objetos o documentos de valor, muestras, documentos de identidad, llaves de la casa o del coche, medicamentos o líquidos.
7. Exceso de equipaje/equipaje especial
7.1. El transporte de equipaje cuyo peso exceda la franquicia de equipaje aplicable, estará sujeto a costes. Para el equipaje cuya cantidad exceda la franquicia de equipaje, salvo que acuerdos que dispongan lo contrario, se cobrará un recargo adicional por transporte (tarifa por exceso de equipaje). El importe deberá en todo caso, abonarse antes de la salida del vuelo, de modo contrario, no se tendrá derecho al transporte del equipaje. El responsable del pago del importe adicional es la persona y/o el pasajero que consta como cliente en el proceso de reserva, y como destinatario de la factura. Las tarifas por exceso de equipaje se desglosan de la siguiente forma:
- Vuelos de corta y media distancia: 10 EUR por kilo y por trayecto
- Vuelos de larga distancia: 20 EUR por kilo y por trayecto
- Normas especiales aplicables en vuelos EE.UU./Canadá a pasajeros en Economy class:
· Franquicia de equipaje: 1 pieza de equipaje hasta 23 kg / 51 lbs
· Tarifa por exceso de equipaje para equipaje adicional: 2ª pieza de equipaje hasta 23 kg / 51 lbs: 40 EUR (vuelo desde Alemania) / 40 USD (vuelos desde el lugar de destino)
· A partir de la 3ª pieza de equipaje hasta 32 kg / 71 lbs: 150 EUR (vuelo desde Alemania) / 150 USD (vuelos desde el lugar de destino)
· Cada pieza de equipaje de más de 23 kg/ 51 lbs hasta 32 kg / 71 lbs: 25 EUR (vuelo desde Alemania) / 25 USD (vuelos desde el lugar de destino)
· Cada pieza de equipaje de más de 32 kg / 71 lbs y equipaje voluminoso: 450 EUR (vuelo desde Alemania) / 450 USD (vuelos desde el lugar de destino)
- Normas especiales aplicables en vuelos EE.UU./Canadá a pasajeros en Business class (two-piece-concept):
· Franquicia de equipaje: 2 piezas de equipaje hasta un máximo de 32 kg / 71 lbs por pieza de equipaje
· Tarifa por exceso de equipaje para equipaje adicional: a partir de la 3ª pieza de equipaje hasta 32 kg / 71 lbs: 150 EUR (vuelo desde Alemania) / 150 USD (vuelos desde el lugar de destino)
· Cada pieza de equipaje de más de 32 kg / 71 lbs: 450 EUR (vuelo desde Alemania) / 450 USD (vuelos desde el lugar de destino)
Para cada equipaje especial deberá darse aviso, siempre que no se estipule expresamente lo contrario. La notificación deberá realizarse por escrito. El equipaje especial sólo será transportado si la aerolínea ha dado su confirmación. Al dar aviso del equipaje especial se deberá detallar su peso y dimensiones.
Las circunstancias decisivas para el transporte de equipaje extra y equipaje especial son el espacio de carga disponible, las normas de seguridad y las normas de protección en el trabajo. Por lo tanto, el equipaje extra o el equipaje especial puede verse limitado en cuanto a su cantidad o ser totalmente excluido del transporte. Además, el exceso de equipaje (a partir de 10 kg), el equipaje especial y el transporte de equipaje voluminoso y de gran tamaño deberá ser anunciado a la agencia de viajes o al Centro de Atención al Cliente de Air Berlin como mínimo 48 horas antes de la salida del vuelo.
7.2. Es posible reservar con antelación paquetes de exceso de equipaje normal (queda excluido el equipaje especial o deportivo). Cada paquete de exceso de equipaje permite un exceso de equipaje de 5 kg. Por persona y paquete de exceso de equipaje se cobrarán 25 EUR en vuelos de corta y media distancia y 50 EUR en vuelos de larga distancia. Según la capacidad, se pueden reservar un máximo de 10 paquetes de exceso de equipaje (es decir máximo 50 kg) por pasajero y trayecto/reserva. En este caso la compañía aérea también recomienda no facturar piezas de equipaje que superen los 32 kg por pieza. Los paquetes de exceso de equipaje se pueden reservar hasta 48 horas antes de la salida del vuelo. No es posible reservar paquetes de exceso de equipaje para vuelos EE.UU./Canadá en el sentido del punto 7.1., ni para los vuelos de niños menores de 2 años. Podrá solicitar más información en el Centro de atención al cliente de la compañía aérea.
7.3. El equipaje deportivo en el sentido de los puntos 7.3.1 es equipaje especial y su transporte deberá ser anunciado con antelación y empaquetado por separado. La compañía aérea recomienda facturar el equipaje deportivo en un embalaje rígido. Deberá ser reconocible como tal en el check-in.
7.3.1. Se cobrarán los siguientes importes para determinado tipo de equipaje deportivo:
· Bicicletas (BIKE): 25 EUR por trayecto y con un peso máximo de 30 kg (para trayectos de corta y media distancia) / 40 EUR (para trayectos de larga distancia)
· Tabla de surf (con vela y mástil)/ Bodyboard / Kiteboard (SURF/KITE): 25 EUR por trayecto y con un peso máximo de 30 kg (para trayectos de corta y media distancia) / 40 EUR (para trayectos de larga distancia)
· Equipaje de buceo (DIVE): 25 EUR por trayecto y con un peso máximo de 30 kg (para trayectos de corta y media distancia) / 40 EUR (para trayectos de larga distancia)
· Esquí / 1 par de esquíes o 1 tabla de snowboard y botas de esquí o 1 ski bob por persona (SKI): 25 EUR por trayecto y con un peso máximo de 30 kg (para trayectos de corta y media distancia) / 40 EUR (para trayectos de larga distancia (para vuelos de NIKI Luftfahrt GmbH: sin cargo)
· Equipaje de golf (GOLF): gratuito para todas las salidas hasta el 30.4.2010 hasta un máximo de 30 kg
· Equipaje de golf (GOLF): para todas las salidas a partir del 1.5.2010 hasta un máximo de 30 kg por cada pieza de equipaje por pasajero y trayecto, 25 EUR (vuelos de corta/media distancia)/ 40 EUR (vuelos de larga distancia)
Previa solicitud se comunicarán los importes por otro tipo de equipaje deportivo.
7.3.2. El equipaje deportivo en el sentido del punto 7.3.1 que supere los 30 kg de peso y demás equipaje especial / deportivo están sujetos a las tarifas generales aplicables al exceso de equipaje previstas en el punto 7.1 (10 EUR/ 20 EUR por kg y tipo de trayecto). En los vuelos desde/hacia EE.UU./Canadá, al equipaje deportivo en el sentido del punto 7.3.1 que supere los 30 kg se le aplican las siguientes tarifas de exceso de equipaje piece-concept:
· por equipaje anunciado y trayecto: 150 EUR en vuelos desde Alemania / 150 USD en vuelos desde el lugar de destino;
· por equipaje no anunciado y trayecto: 450 EUR en vuelos desde Alemania / 450 USD en vuelos desde el lugar de destino, estando incluidos en estas tarifas de exceso de equipaje las correspondientes tarifas aplicables al equipaje deportivo (40 EUR por vuelo de larga distancia).
7.3.3. El transporte de equipaje de submarinismo deberá ser anunciado a la compañía aérea antes del inicio del viaje. Los cinturones deberán ser transportados sin plomo y las botellas de aire comprimido únicamente se transportarán vacías. En caso de transportar linternas de buceo hay que retirar las pilas o la bombilla antes de iniciar el viaje.
7.3.4. El transporte de bicicletas deberá ser anunciado a la compañía aérea antes del inicio del viaje y deberá ser empaquetado antes de su facturación. Como embalaje se recomiendan maletas para bicicletas u otros recipientes rígidos. Las bicicletas con motor se consideran mercancía peligrosa y quedarán excluidas del transporte, siempre que no sean accionadas por un motor eléctrico y cuenten con una batería de gel.
7.3.5. El transporte de armas deportivas y su correspondiente munición y de todos los objetos que por su forma externa o su signo distintivo parezcan armas, munición o materiales con peligro de explosión, deberá ser anunciado a la compañía aérea antes del inicio del viaje y por separado las armas de la munición. El día de salida del vuelo ser recomienda llegar al mostrador de facturación con la suficiente antelación. La compañía aérea únicamente permitirá el transporte de dichos objetos, si son transportados como cargamento o equipaje facturado conforme a las disposiciones legales relativas al transporte de bienes peligrosos. Está permitido un máximo de 5kg de munición por persona y pieza de equipaje. Todos los detalles serán comunicados en la pertinente notificación.
7.4. El transporte de una (1) silla de ruedas por pasajero minusválido es posible y deberá ser comunicado al momento de efectuar la reserva. Por razones de espacio de carga, las sillas accionadas por motor solo podrán ser transportadas con restricciones. Deberán entregarse en un estado que garantice un embarque y transporte seguro. El transporte de aparatos médicos o ayudas para la movilidad, incluidas las sillas de ruedas eléctricas únicamente estará garantizado si se anuncia 48 hrs. antes indicando las medidas y el peso, si hay suficiente sitio a bordo y si no se contradice con las normas aplicables a objetos peligrosos. Al momento de dar aviso de la intención de transporte se darán mayores detalles.
7.5. El transporte de animales estará sujeto al pago de tasas. Son válidas las normas legales relacionadas con el transporte de animales. Los animales deberán transportarse en un contenedor adecuado, cerrado, impermeable, y de cual los animales no puedan salir. Por motivos de seguridad y de espacio, sólo tendrán derecho al transporte aquellos animales que hayan sido registrados debidamente al hacer la reserva, y cuyo transporte haya sido confirmado por la aerolínea. La compañía aérea no acepta animales en vuelos desde y hacia el Reino Unido, Irlanda e Islandia. El pasajero es responsable de presentar toda la documentación necesaria relacionada con las vacunas del animal, sus certificados de salud y los documentos de ingreso al país. Podrá obtener más información relativa al transporte de animales en la central de reservas de Air Berlin bajo los datos de contacto mencionados en el punto 2.
La aerolínea factura por el transporte de un animal en cabina (medidas máximas del contenedor 55 cm x 40 cm x 20 cm, hasta 6 kg), un importe de 25 EUR por trayecto (corta/media distancia) / 40 EUR (larga distancia). Por el transporte en bodega (obligatorio a partir de 6 kg de peso) la compañía aérea factura 40 EUR por trayecto (corta/media distancia) o 120 EUR (larga distancia). Los animales que se transportan en cabina, no podrán salir del contenedor durante todo el vuelo. El contenedor no se podrá depositar sobre los asientos.
La aerolínea podrá transportar por vuelo sólo dos (2) pasajeros no videntes junto con un perro lazarillo para cada uno de ellos en la cabina de pasajeros. Solo habrá derecho al transporte si en el momento de efectuar la reserva se ha declarado la intención de transportar al perro lazarillo, y si la aerolínea ha dado su confirmación. El transporte del perro lazarillo es gratuito.
8. Transporte de bebés, niños y jóvenes
Para evitar daños en su salud, se recomienda no viajar con recién nacidos durante los primeros 7 días de haber nacido.
Por el transporte de niños pequeños/bebés (menores de 2 años) en todos los trayectos internacionales se cobrará el 10 % del precio del vuelo (precio neto del vuelo) correspondiente a un adulto. En todos los trayectos dentro del territorio alemán el transporte de los niños pequeños/bebés (menores de 2 años) es gratuito. Por el transporte de niños entre 2 y 12 años se cobrará el 67 % del precio neto del vuelo más impuestos, tasas y recargo por combustible.
Por cada pasajero adulto está permitido el transporte de un niño pequeño, por fila de asientos está permitido un niño pequeño. Los niños pequeños podrán ser transportados en su propia silla infantil en un asiento expresamente reservado para ellos, siempre y cuando su utilización haya sido anunciada como mínimo 48 horas antes de la salida del vuelo. La silla infantil deberá ir fijada durante todo el vuelo al asiento del avión con ayuda del cinturón existente. Actualmente, como regla general están permitidas sillas infantiles Römer King Quickfix, Maxi Cosi Mico, Maxi Cosi City, Storchenmühle Maximum. Si se avisa con antelación, en casos concretos estarán permitidas otras sillas infantiles. En cualquier caso, la silla infantil debe estar certificada y convenientemente señalizada. El Luftikid (asiento infable de seguridad para niños) está permitido en algunos tipos de aviones. Encontrará más información en Servicio/Servicios para familias en nuestra página web www.airberlin.com o registrándose en nuestro Centro de Atención al Cliente.
Atención:
También para niños y bebés se deberá presentar un documento de identidad apropiado (inscripción en el pasaporte de los titulares de la patria potestad o bien documento de identidad propio del menor).
Según el país de destino (p. ej. EE.UU.), rigen disposiciones de entrada especiales para los niños que viajen al mismo. Podrá obtener más información en la correspondiente oficina de representación extranjera o en el Ministerio de asuntos exteriores.
Los niños de entre cinco y once años de edad que viajen sin acompañante (UMNR) deberán ser registrados previamente y su registro deberá haber sido confirmado por la compañía. Si un niño de entre cinco y once años de edad va acompañado de una persona que tenga como mínimo 16 años, ya no se considerará que viaja solo en el sentido del presente párrafo. El servicio para niños que viajan solos también se podrá reservar para niños de entre 12 y 16 años de edad.
Los niños sin acompañantes serán transportados siempre y cuando en el momento de la facturación se exhiba un documento de identidad oficial con fotografía o el libro de familia o una fotocopia compulsada del mismo. Los titulares de la patria potestad/padres deberán presentar por escrito una declaración de consentimiento para el viaje. Rogamos tengan en cuenta, que en los distintos países pueden ser aplicables disposiciones especiales. El Service Team podrá darle más información en el momento de la notificación/ reserva. En el momento de la facturación, deberá indicarse el nombre de la persona que vaya a ir a recoger al niño o el nombre del tutor del niño en el aeropuerto de destino. Los titulares de la patria potestad/padres deberán permanecer en el aeropuerto hasta la salida del vuelo.
Para el transporte de niños no acompañados se cobrará un gasto de tramitación de 40 EUR por trayecto. Para vuelos de más de 3.000 millas serán 80 EUR por trayecto.
Para vuelos con escala, la aerolínea pondrá a disposición una persona encargada de acompañar y asistir a los menores no acompañados en los aeropuertos de conexión, siempre que el tiempo de tránsito no supere 2 horas. De lo contrario, la aerolínea denegará el transporte.
9. Transporte de mujeres embarazadas
Por razones de seguridad y para evitar daños en la salud, para las mujeres embarazadas tendrán validez las siguientes disposiciones:
Hasta 4 semanas antes de la fecha prevista para el parto, la compañía aérea transportará embarazadas sin certificado de aptitud para el vuelo; la compañía aérea podrá exigir la exhibición de una cartilla de embarazo o de un certificado médico como justificante de que no se ha superado la 36º semana de embarazo.
A partir de las 4 semanas previas a la fecha prevista de parto no se efectuará el transporte.
Atención:
Las disposiciones antedichas también deberán observarse para el caso de un eventual vuelo de regreso previsto.
10. Transporte con vendaje de yeso
Se advierte a los pasajeros que viajen con vendaje de yeso que para evitar problemas de salud durante el transporte (peligro de trombosis entre otros), el yeso deberá ser de tipo abierto hasta siete (7) días después de la fractura. En caso de fracturas de más de siete (7) días de antigüedad, el pasajero también podrá volar con un yeso cerrado. Si debido al vendaje de yeso el pasajero necesita espacio adicional en el avión, deberá comunicarlo con antelación. Dicha comunicación debe efectuarse como mínimo 24 horas antes de la salida del vuelo, de lo contrario la compañía aérea estará facultada a denegar el transporte según el punto 11.
11. Restricción y denegación del transporte
La compañía aérea podrá denegar o interrumpir el transporte o la continuación del transporte de un pasajero o de su equipaje sobre todo cuando:
· la aeronave, una persona u objetos de a bordo hayan sido puestos en peligro;
· se haya entorpecido el ejercicio de las obligaciones de la tripulación;
· no se hayan respetado las indicaciones de la tripulación, en especial en relación con la prohibición de fumar o el consumo de alcohol;
· su comportamiento frente a otros pasajeros o a la tripulación sea insoportable o haya causado daños o lesiones;
· existe la justificada sospecha de que el pasajero se comportará de la manera antedicha;
· el transporte atentase contra la ley, la normativa en vigor o disposiciones del país de salida o de destino o del país que es sobrevolado;
· el pasajero rehúse en su persona o equipaje registros que fueran necesarios por motivos de seguridad;
· el pasajero no posea documentación de viaje válida o en perfecto estado, si la destruye durante el vuelo o si se niega a entregar la documentación de viaje a los miembros de la tripulación a cambio de un acuse de recibo;
· el pasajero no haya cumplido las normas necesarias para la realización del viaje (p. ej. disposiciones relativas a pasaportes, visados y normas sanitarias, también para animales transportados);
· el pasajero no pudiera demostrar fehacientemente, durante facturación o al abordar el avión, que es la misma persona para la que se ha reservado el vuelo;
· el precio del billete, impuestos, tasas o recargos, incluso de vuelos anteriores, no hayan sido abonados;
· el pasajero atentase contra indicaciones de seguridad de la tripulación o indicaciones en el marco del derecho doméstico;
· el pasajero llevase consigo equipaje no autorizado;
· si el pasajero necesita espacio adicional debido a un vendaje de yeso y no lo ha comunicado con la suficiente antelación.
La compañía aérea está autorizada a adjudicar nuevos asientos, incluso una vez subidos al avión. Esto podría ser necesario por motivos operacionales o de seguridad. No existe derecho a adjudicación de un determinado asiento.
Al efectuar reservas de los llamados XL-Seats, habrá que tener en cuenta lo siguiente:
Dado que los XL-Seats están situados en las filas a la altura de la salida de emergencia, son asientos relevantes en cuestión de seguridad. Por este motivo, la compañía aérea únicamente adjudicará estos asientos a pasajeros con los cuales, en virtud de su estado físico y/o psíquico, quede garantizado que en caso de emergencia no obstaculizarán la evacuación del avión.
La aerolínea podrá obligar a un pasajero a abandonar la aeronave, negarse a transportarlo en vuelos de conexión o negarle el transporte dentro de toda la red de trayectos, en caso de que esto sea necesario para la seguridad de los pasajeros y de la tripulación. Además, el piloto responsable del vuelo, tendrá derecho a tomar todas las medidas que sean necesarias para mantener la seguridad y el orden a bordo de la aeronave. Todas las conductas ilegales que se hayan realizado a bordo serán penalizadas según las normas del derecho penal y del derecho civil.
Por razones de seguridad queda prohibido utilizar todo tipo de aparatos electrónicos de uso privado durante el despegue y el aterrizaje del avión. Durante todo el vuelo no está permitido utilizar teléfonos móviles. Para la utilización de cualquier otro tipo de dispositivos electrónicos previamente se deberá solicitar autorización al personal de vuelo.
12. Otros
Si alguna o varias cláusulas de estas condiciones de transporte fueran o devinieren ineficaces, ello no afectará a la eficacia de las demás cláusulas.
13. Advertencias legales
13.1. Aviso según anexo al Reglamento (CE) 889/02 con las modificaciones del Reglamento (CE) 2027/97:
«ANEXO
Responsabilidad de las compañías aéreas en relación con los pasajeros y su equipaje
Este aviso informativo resume las normas en materia de responsabilidad aplicadas por las compañías aéreas comunitarias, de conformidad con la legislación comunitaria y el Convenio de Montreal.
Indemnización en caso de muerte o lesión
No hay límite económico fijado para la responsabilidad en caso de lesiones o muerte del pasajero. Para los daños de hasta 113 110 DEG (cantidad aproximada en divisa local), la compañía aérea no podrá impugnar las reclamaciones de indemnización. Por encima de dicha cantidad, la compañía aérea sólo puede impugnar una reclamación en caso de que pueda probar que no hubo de su parte negligencia ni falta de otro tipo.
Anticipos
En caso de muerte o lesión de un pasajero, la compañía aérea deberá abonar, en el plazo de quince días desde el día de la identificación de la persona con derecho a la indemnización, un anticipo para cubrir las necesidades económicas inmediatas. En caso de fallecimiento, este anticipo no podrá ser inferior a 16 000 DEG (importe aproximado en divisa local).
Retraso del pasajero
En caso de retraso del pasajero, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del pasajero se limita a 4 694 DEG (importe aproximado en divisa local).
Retrasos del equipaje
En caso de retraso del equipaje, la compañía aérea es responsable del daño siempre que no haya tomado todas las medidas razonables para evitar el daño o le haya sido imposible tomar dichas medidas. La responsabilidad en caso de retraso del equipaje se limita a 1 131 DEG (importe aproximado en divisa local).
Destrucción, pérdida o daños del equipaje
La compañía aérea es responsable en caso de destrucción, pérdida o daños del equipaje hasta la cantidad de 1 131 DEG (importe aproximado en divisa local). Con respecto al equipaje facturado, es responsable aún cuando esté exento de culpa, salvo que el equipaje ya estuviese dañado. Con respecto al equipaje no facturado, la compañía aérea sólo es responsable de los daños causados por su culpa.
Límites más elevados para el equipaje
El pasajero puede acogerse a un límite de responsabilidad más elevado efectuando una declaración especial, a más tardar en el momento de facturar, y abonando una tarifa suplementaria.
Reclamaciones sobre el equipaje
Si el equipaje facturado ha sido dañado, retrasado, perdido o destruido, el pasajero debe señalarlo por escrito a la compañía aérea lo antes posible. Si el equipaje dañado es equipaje facturado, el pasajero lo señalará por escrito en el plazo de siete días, y en caso de retraso, de veintiún días, en ambos casos a partir del día en que el equipaje se puso a disposición del pasajero.
Responsabilidad de la compañía con la que se ha contratado el servicio y de la compañía encargada de la prestación efectiva
Si la compañía aérea encargada del vuelo no es la misma que la compañía aérea contratante, el pasajero podrá formular una queja o una reclamación a cualquiera de ellas. Si en el billete consta el nombre o el código de una compañía aérea, ésa es la compañía aérea contratante.
Plazos de reclamación
Toda reclamación ante un tribunal deberá presentarse en el plazo de dos años a partir de la llegada de la aeronave o del día en que la aeronave hubiese debido llegar.
Fundamento de la información
Las normas arriba descritas se fundamentan en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, desarrollado en la Comunidad por el Reglamento (CE) no 2027/97 [modificado por el Reglamento (CE) no 889/ 2002] y por la legislación nacional de los Estados miembros.»
Si un destinatario acepta sin reservas un equipaje facturado, eso constituirá la presunción rebatible de que ha sido entregado indemne y de acuerdo con el boletín de transporte. La responsabilidad de la compañía aérea queda limitada en todos los casos a los daños demostrados. En caso de concurrencia de culpas el daño a indemnizar se reduce. De forma complementaria se remite a la disposición de responsabilidad del art. 20 del Convenio de Montreal.
13.2. Aviso según anexo al Reglamento (CE) 261/04:
Estos avisos informativos resumen las normas en materia de responsabilidad aplicadas por las compañías aéreas comunitarias, de conformidad con la legislación comunitaria en caso de cancelación, retraso y/o denegación de embarque. Este reglamento únicamente es válido si el pasajero dispone de una reserva confirmada para el vuelo del que se trate, se presente a facturación (excepto en caso de cancelación del vuelo) a tiempo y a la hora indicada, y que vuele a una tarifa a disposición del público. El derecho a las prestaciones compensatorias abajo mencionadas puede quedar excluido cuando el acontecimiento es debido a circunstancias extraordinarias, que no se hubieran podido evitar incluso tomando todas las medidas exigibles (por ejemplo malas condiciones climáticas, inestabilidad política, huelgas, riesgos para la seguridad, defectos inesperados en la seguridad del vuelo). El pasajero tampoco tendrá derecho a estas prestaciones, si hubiera motivos razonables para denegar su embarque, tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados.
Según el Reglamento CE 261/04 se considera retraso, un retraso de un vuelo con respecto a la hora de salida prevista de 4 horas en el caso de vuelos de más de 3.500 km, de 3 horas en el caso de vuelos de entre 1.500 y 3.500 km así como en el caso de vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y de 2 horas en el caso de vuelos de hasta 1.500 km. Si es previsible que el vuelo va a tener un retraso, el pasajero tiene derecho a recibir asistencia por parte de la compañía aérea. Es decir, manutención en función del tiempo que sea necesario esperar, alojamiento en un hotel si se diera el caso y la posibilidad de dos breves llamadas telefónicas, faxes o correos electrónicos. La compañía aérea no tendrá que conceder asistencia si la misma retrasara aún más el vuelo de salida. En caso de retrasos superiores a 5 horas, el pasajero tiene derecho a que le sea devuelto el precio del billete por los trayectos no utilizados y por los trayectos utilizados únicamente si el vuelo, teniendo en cuenta el plan de viaje original del pasajero, ya no tuviera sentido, y, dado el caso, combinado con un vuelo de vuelta al primer lugar de origen lo antes posible. En caso de viajes combinados, además, serán de aplicación las condiciones de la directiva (90/314/CEE), de forma que en caso de cancelación, si hubiere lugar a ello podrían producirse gastos de cancelación muy elevados. En caso de exclusión voluntaria o involuntaria del pasajero en el vuelo reservado por exceso de reservas, el pasajero tendrá, frente a la compañía aérea, derecho a asistencia y reembolso en el alcance ya mencionado. Además, también se ofrecerá al pasajero un transporte alternativo hasta el destino final del vuelo reservado. Este transporte alternativo se realizará lo antes posible y en condiciones comparables. Siempre y cuando haya plazas disponibles, el pasajero también podrá viajar a su destino final en una fecha posterior que le convenga, en cuyo caso los gastos de manutención, hotel y transporte correrán de su cuenta. Si el pasajero ha sido excluido del transporte de forma involuntaria, además tiene derecho a una prestación compensatoria (efectivo, cheque o transferencia o, con su autorización, en forma de vale). El importe del pago depende de la distancia del vuelo planeado y del transporte alternativo ofrecido. La compensación para vuelos de hasta 1.500 km asciende a 250 EUR, para vuelos de entre 1.500 y 3.500 km y vuelos intracomunitarios superiores a 1.500 km a 400 EUR, así como a 600 EUR para todos los demás vuelos. En caso de que se ofrezca a los pasajeros la posibilidad de ser conducidos hasta el destino final en un transporte alternativo con una diferencia en la hora de llegada respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado no superior a 2 horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos, o no superior a 3 horas, para todos los vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, o no superior a 4 horas, para todos los vuelos de más de 3.500 km, la compensación ascenderá al 50 % de las compensaciones mencionadas, es decir a 125 EUR, 200 EUR o 300 EUR. Si el vuelo, para el cual el pasajero tenia una reserva confirmada fuera cancelado, el pasajero también tendrá los mismos derechos a transporte alternativo, asistencia, devolución y compensación anteriormente mencionados. Si la cancelación del vuelo se produjera por motivos extraordinarios, el pasajero no tendrá derecho a compensación. Tampoco existe derecho a compensación, si se informa de la cancelación al menos con 14 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista, o si se informa de la cancelación con una antelación de entre 14 y 7 días con respecto a la hora de salida prevista y se ofrezca un transporte alternativo que permita salir con no más de 2 horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar al destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista, o si se informa de la cancelación con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se ofrezca tomar otro vuelo que permita salir con no más de 1 hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar al destino final con menos de 2 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista. La Oficina de Reclamaciones competente para España, en el sentido del Reglamento, es la Dirección General de Aviación Civil, Sección de Atención al Usuario, Paseo de la Castellana 67, Despacho A-259, E-28071 Madrid.
Atención: Estos avisos son necesarios según los Reglamentos (CE) nº 889/2002 y (CE) 261/04. Sin embargo, este aviso no supone fundamento para una indemnización por daños y perjuicios, ni puede ser utilizado para la interpretación de las normas del Convenio de Montreal.Existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor o usuario.
Actualizado al: 01/03/2010








